{"id":281,"date":"2020-12-06T15:40:15","date_gmt":"2020-12-06T15:40:15","guid":{"rendered":"http:\/\/www.esjuba.com.ar\/blog\/?p=281"},"modified":"2020-12-06T15:40:15","modified_gmt":"2020-12-06T15:40:15","slug":"gastaldi-schmid","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.esjuba.com.ar\/blog\/?p=281","title":{"rendered":"GASTALDI &#8211; SCHMID"},"content":{"rendered":"\n<p><strong>ADVERTENCIA PARA LOS RESTANTES JUECES.-<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>SI SE ME METEN CON LA CONDUCCION  DEL DIRECTOR DE RADIO OFICIAL DEL MUNICIPIO DE CONCORDIA SERAN ESCRACHADOS COMO SE LO ESTA HACIENDO CON EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.-<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p>En una carrera que parece no tiene fin el actor de un juicio que lo pierde por falta de pruebas seg\u00fan el Juez de Primera Instancia arremete contra el mismo como una especie de advertencia a los jueces superiores sobre lo que les pasar\u00e1 si le vuelven a fallar en su contra.-<\/p>\n\n\n\n<p>Se trata de una presi\u00f3n<strong> INUSUAL, DESPROPORCIONADA Y ALEVOSA<\/strong>, en donde las acusaciones contra el Juez incluyen una solapada acusaci\u00f3n de prevaricato, por no decir directa.-<\/p>\n\n\n\n<p>A los cuatro vientos da una versi\u00f3n propia de los hechos y as\u00ed como sostiene que todo Concordia es testigo de las expresiones que el dice existieron, al  momento de litigar no ofrece ni un solo testigos, y mientras critica la pericia y que el Juez la tome como real y cierta, la verdad es que conforme surge de las actas la pericia fue controlada por el mismo, su letrado y dos asesores que imagino ser\u00edan especialistas en el tema, caso contrario no se hubiera justificado las intervenciones que hicieron pidiendo explicaciones al perito.-<\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p><strong>UN JUICIO NO SE \u00a0RESUELVE POR LOS MEDIOS NI CON ADHESIONES Y MENOS USANDO UNA RADIO OFICIAL:<\/strong> \u00a0 <\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p>Sobre el juicio: <strong>\u00abGastaldi \u00a0&#8211; Schmid\u00bb<\/strong>.- \u00a0 No contar\u00e9 el juicio pues los que lean esto seguramente sabr\u00e1n de que se trata.- \u00a0 Lamentablemente en estos d\u00edas (AYER Y HOY) se han dado una serie de publicaciones y programa de radio (Radio Municipal) que involucran con acusaciones a un Magistrado del Poder Judicial de Entre R\u00edos, en una especie de Justicia Popular intrascendente desde todo punto de vista, tratando de torcer interpretativamente una resoluci\u00f3n e \u00a0imponer una postura en base cuestiones que no son ciertas y adem\u00e1s saliendo de lo que es un expediente judicial: \u00a0 <\/p>\n\n\n\n<p>En la cuesti\u00f3n me ha tocado actuar y lamentablemente es un tema estrictamente t\u00e9cnico judicial que no muchos entienden en su verdadera dimensi\u00f3n, y es bueno se\u00f1alar algunas cuestiones puntuales para que ni uno ni otro piense de manera equivocada: \u00a0 <\/p>\n\n\n\n<p>1.- La sentencia fue notificada a las dos partes en el mismo momento, es decir el d\u00eda 2 de Diciembre a las 12.55 Hs. por lo cual es FALSO que el Magistrado interviniente haya comunicado primero a la prensa que a las partes.- \u00a0 <\/p>\n\n\n\n<p>2.- El medio que public\u00f3 la noticia fue anoticiado por mi intermedio, no correspondiendo agregar m\u00e1s detalles pues no hacen a la cuesti\u00f3n.- \u00a0 <\/p>\n\n\n\n<p>3.- Si una parte se enter\u00f3 por lo medios que trate entender como son las notificaciones judiciales desde que se implement\u00f3 el sistema electr\u00f3nico, y trate de lograr una mejor comunicaci\u00f3n con su letrado.- \u00a0 <\/p>\n\n\n\n<p>4.- En un juicio cada parte da la versi\u00f3n de los hechos y aporta la prueba con la cual pretende probar tales hechos con sustento por supuesto en alg\u00fan derecho que piensa se ha vulnerado, siendo el Juez un mero controlador de la actividad probatoria de las partes a la cual simplemente controla y se ajusta a las disposiciones procesales pertinentes, y quien no esta conforme tiene los derechos disponibles \u00a0para utilizar.- \u00a0 <\/p>\n\n\n\n<p>5.- El ahora acusador y perdidoso en Primera Instancia concurri\u00f3 a la Pericia Inform\u00e1tica \u00a0acompa\u00f1ado por dos asesores t\u00e9cnicos que imagino ser\u00e1n los mismos que lo asesoraron para ofrecer la prueba, pudiendo ver de manera clara lo que el Juez refleja en su sentencia se ajusta a tal pericia.- \u00a0 <\/p>\n\n\n\n<p>6.- Los juicios tienen un tiempo para contestar la demanda y un tiempo para ofrecer pruebas, no siendo un debate abierto librado al antojo de las partes, y es por ello que no se puede ir agregando cosas y\/o prueba para pretender acomodar la realidad a su conveniencia.- \u00a0 <\/p>\n\n\n\n<p>7.- Producida toda la prueba que las partes ofrecen el Juez analiza y dicta sentencia en base a lo que obra agregado al expediente;\u00a0 debiendo entenderse que lo que esta fuera del expediente NO EXISTE.- \u00a0 <\/p>\n\n\n\n<p>8.- Existe un marcado enojo por no considerar una Escritura que el mismo que ahora se enoja se ocup\u00f3 de vaciarla de contenido al decir \u00a0 <\/p>\n\n\n\n<p>9.- La parte perdidosa tiene como tienen todos los justiciables el derecho a recurrir, siendo instancias ordinarias (Apelaci\u00f3n) y extraordinarias (Inaplicabilidad de Ley y Recurso Extraordinario), lo que nos indica que estamos con un fallo de Primera Instancia y consecuentemente las descalificaciones utilizadas contra el Magistrado son inapropiadas, salvo se las utilice con el prop\u00f3sito de atemorizar a los que intervendr\u00e1n en las futuras instancias.- \u00a0 <\/p>\n\n\n\n<p>10.- Si cada justiciable \u00a0contara con un medio Oficial para ventilar su opini\u00f3n cada vez que pierde un juicio es indudable que ser\u00eda una anarqu\u00eda impropia del Estado de Derecho.- \u00a0 10.- Inclusive para reforzar su postura se publican supuestas palabras del Intendente, y es bueno recordar que si algo sab\u00eda de lo discutido y lo quer\u00eda como testigo lo hubiera citado.- Ese era el momento de declarar y decir lo que hubiera conocido.- Lo que ahora diga \u00a0quedar\u00e1 como un simple comentario de quien desconoce el expediente y seguramente se refiere a cuestiones gen\u00e9ricas.- (Extempor\u00e1neo le dicen en derecho y en la justicia) \u00a0 <\/p>\n\n\n\n<p>11.- Como conclusi\u00f3n nos queda que se deber\u00edan hacer juicios populares y que el que tenga un medio oficial goce del beneficio de considerar a \u00a0sus palabras \u00abcomo verdad absoluta\u00bb y que por lo tanto siempre tendr\u00e1 raz\u00f3n.- \u00a0 \u00a0 <\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p><strong>NI GASTALDI PERDIO EN JUICIO <\/strong> (El que se tramit\u00f3 ante la Justicia) &#8211; <\/p>\n\n\n\n<p><strong>NI SCMID GANO<\/strong> <strong>EL JUICIO.- <\/strong><\/p>\n\n\n\n<p> EXISTE UNA SENTENCIA QUE SER\u00c1 REVISADA POR LOS ORGANISMOS SUPERIORES Y CUANDO TODO TERMINE ALGUNO SE PODRA TOMAR EL CHAMPAGNE, MIENTRAS TANTO ES SOLO PRESION MEDIATICA EJERCIDA DESDE UNA UNA RADIO OFICIAL.-<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>ADVERTENCIA PARA LOS RESTANTES JUECES.- SI SE ME METEN CON LA CONDUCCION DEL DIRECTOR DE RADIO OFICIAL DEL MUNICIPIO DE CONCORDIA SERAN ESCRACHADOS COMO SE LO ESTA HACIENDO CON EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- En una carrera que parece no tiene fin el actor de un juicio que lo pierde por falta de pruebas seg\u00fan [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[1],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.esjuba.com.ar\/blog\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/281"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.esjuba.com.ar\/blog\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.esjuba.com.ar\/blog\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.esjuba.com.ar\/blog\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.esjuba.com.ar\/blog\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=281"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/www.esjuba.com.ar\/blog\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/281\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":283,"href":"https:\/\/www.esjuba.com.ar\/blog\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/281\/revisions\/283"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.esjuba.com.ar\/blog\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=281"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.esjuba.com.ar\/blog\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=281"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.esjuba.com.ar\/blog\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=281"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}