ADVERTENCIA PARA LOS RESTANTES JUECES.-
SI SE ME METEN CON LA CONDUCCION DEL DIRECTOR DE RADIO OFICIAL DEL MUNICIPIO DE CONCORDIA SERAN ESCRACHADOS COMO SE LO ESTA HACIENDO CON EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.-
En una carrera que parece no tiene fin el actor de un juicio que lo pierde por falta de pruebas según el Juez de Primera Instancia arremete contra el mismo como una especie de advertencia a los jueces superiores sobre lo que les pasará si le vuelven a fallar en su contra.-
Se trata de una presión INUSUAL, DESPROPORCIONADA Y ALEVOSA, en donde las acusaciones contra el Juez incluyen una solapada acusación de prevaricato, por no decir directa.-
A los cuatro vientos da una versión propia de los hechos y así como sostiene que todo Concordia es testigo de las expresiones que el dice existieron, al momento de litigar no ofrece ni un solo testigos, y mientras critica la pericia y que el Juez la tome como real y cierta, la verdad es que conforme surge de las actas la pericia fue controlada por el mismo, su letrado y dos asesores que imagino serían especialistas en el tema, caso contrario no se hubiera justificado las intervenciones que hicieron pidiendo explicaciones al perito.-
UN JUICIO NO SE RESUELVE POR LOS MEDIOS NI CON ADHESIONES Y MENOS USANDO UNA RADIO OFICIAL:
Sobre el juicio: «Gastaldi – Schmid».- No contaré el juicio pues los que lean esto seguramente sabrán de que se trata.- Lamentablemente en estos días (AYER Y HOY) se han dado una serie de publicaciones y programa de radio (Radio Municipal) que involucran con acusaciones a un Magistrado del Poder Judicial de Entre Ríos, en una especie de Justicia Popular intrascendente desde todo punto de vista, tratando de torcer interpretativamente una resolución e imponer una postura en base cuestiones que no son ciertas y además saliendo de lo que es un expediente judicial:
En la cuestión me ha tocado actuar y lamentablemente es un tema estrictamente técnico judicial que no muchos entienden en su verdadera dimensión, y es bueno señalar algunas cuestiones puntuales para que ni uno ni otro piense de manera equivocada:
1.- La sentencia fue notificada a las dos partes en el mismo momento, es decir el día 2 de Diciembre a las 12.55 Hs. por lo cual es FALSO que el Magistrado interviniente haya comunicado primero a la prensa que a las partes.-
2.- El medio que publicó la noticia fue anoticiado por mi intermedio, no correspondiendo agregar más detalles pues no hacen a la cuestión.-
3.- Si una parte se enteró por lo medios que trate entender como son las notificaciones judiciales desde que se implementó el sistema electrónico, y trate de lograr una mejor comunicación con su letrado.-
4.- En un juicio cada parte da la versión de los hechos y aporta la prueba con la cual pretende probar tales hechos con sustento por supuesto en algún derecho que piensa se ha vulnerado, siendo el Juez un mero controlador de la actividad probatoria de las partes a la cual simplemente controla y se ajusta a las disposiciones procesales pertinentes, y quien no esta conforme tiene los derechos disponibles para utilizar.-
5.- El ahora acusador y perdidoso en Primera Instancia concurrió a la Pericia Informática acompañado por dos asesores técnicos que imagino serán los mismos que lo asesoraron para ofrecer la prueba, pudiendo ver de manera clara lo que el Juez refleja en su sentencia se ajusta a tal pericia.-
6.- Los juicios tienen un tiempo para contestar la demanda y un tiempo para ofrecer pruebas, no siendo un debate abierto librado al antojo de las partes, y es por ello que no se puede ir agregando cosas y/o prueba para pretender acomodar la realidad a su conveniencia.-
7.- Producida toda la prueba que las partes ofrecen el Juez analiza y dicta sentencia en base a lo que obra agregado al expediente; debiendo entenderse que lo que esta fuera del expediente NO EXISTE.-
8.- Existe un marcado enojo por no considerar una Escritura que el mismo que ahora se enoja se ocupó de vaciarla de contenido al decir
9.- La parte perdidosa tiene como tienen todos los justiciables el derecho a recurrir, siendo instancias ordinarias (Apelación) y extraordinarias (Inaplicabilidad de Ley y Recurso Extraordinario), lo que nos indica que estamos con un fallo de Primera Instancia y consecuentemente las descalificaciones utilizadas contra el Magistrado son inapropiadas, salvo se las utilice con el propósito de atemorizar a los que intervendrán en las futuras instancias.-
10.- Si cada justiciable contara con un medio Oficial para ventilar su opinión cada vez que pierde un juicio es indudable que sería una anarquía impropia del Estado de Derecho.- 10.- Inclusive para reforzar su postura se publican supuestas palabras del Intendente, y es bueno recordar que si algo sabía de lo discutido y lo quería como testigo lo hubiera citado.- Ese era el momento de declarar y decir lo que hubiera conocido.- Lo que ahora diga quedará como un simple comentario de quien desconoce el expediente y seguramente se refiere a cuestiones genéricas.- (Extemporáneo le dicen en derecho y en la justicia)
11.- Como conclusión nos queda que se deberían hacer juicios populares y que el que tenga un medio oficial goce del beneficio de considerar a sus palabras «como verdad absoluta» y que por lo tanto siempre tendrá razón.-
NI GASTALDI PERDIO EN JUICIO (El que se tramitó ante la Justicia) –
NI SCMID GANO EL JUICIO.-
EXISTE UNA SENTENCIA QUE SERÁ REVISADA POR LOS ORGANISMOS SUPERIORES Y CUANDO TODO TERMINE ALGUNO SE PODRA TOMAR EL CHAMPAGNE, MIENTRAS TANTO ES SOLO PRESION MEDIATICA EJERCIDA DESDE UNA UNA RADIO OFICIAL.-